Por las razones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por ININTELIGIBLE el escrito presentado por el abogado JOSÉ EMISAEL DURAN DÍAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 118.392, actuando en representación del ciudadano CARLOS LUIS VILORIA, titular de la Cedula de Identidad V-5.350.571. Y así se decide.-
Publíquese y déjese copia.