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DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Pri-mera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del es-tado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 12, 14, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Fundamental, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la acción de Reconocimiento de Documento Privado (Reconocimiento de Contenido y Firma) incoada por el ciudadano LUÍS GABRIEL TORRES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V.-13.736.244, de este domicilio, contra los ciudadanos NELSON CEDEÑO CASTELLANO y MARGARITA GÓMEZ DE CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-4.127.747 y V.-6.208.710 respectivamente, de este domicilio. Sin representación judicial acreditada a los autos. SEGU.....