declara CON LUGAR la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: JOSÉ ESTEBAN SÁNCHEZ BRICEÑO; ZUGEIDI MARIELA SÁNCHEZ BRICEÑO; DAYANA CAROLINA SÁNCHEZ BRICEÑO y FRANKLIN LENIN SÁNCHEZ BRICEÑO, plenamente identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus: JOSÉ ESTEBAN SANCHEZ SANCHEZ quien en vida tenia nacionalidad venezolana y portaba la cedula de identidad V-4.969.873, fallecido ab-intestato, el trece (13) de marzo de 2026, según consta de copia certificada de acta de defunción Nº 229; Tomo I; año 2026, emanada de la Unidad de Registro Civil Ciudad hospitalaria Dr. Enrique Tejera del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Y así se decide. Así mismo y solicitados como han sido dos (02) juegos de copias certificadas, el Tribunal lo acuerda. En consecuencia, expídanse las mismas, por orden de la ciudadana Juez Provisoria de este Tribunal, previamente certificadas por secretaria, de conformidad con los ar.....