Visto el escrito de pruebas presentado el día de hoy con motivo de la incidencia de las cuestiones previas, por el abogado JESUS GERARDO GIRON BELLO, inscrito en el instituto de previsión social de abogado bajo el Nro.168.533, quien actúa en nombre y representación de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL "LE PARC SUITES", identificada en autos, en su carácter de parte actora, este Tribunal acuerda agregarlo a los autos, los fines legales consiguientes. Agregado como ha sido el escrito de pruebas se ADMITE PARCIALMENTE cuanto ha lugar en derecho. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 352 del Código de Procedimiento Civil. Téngase para ser tomado en cuenta en la definitiva.