DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por el ciudadano CARLOS JOSE MENDOZA CUICAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.727.206 y de este domicilio, asistida por la abogada ZORAIDA RAMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 200.441, actuando en su carácter de Asistente Jurídico Voluntario, en la Jornada de TRIBUNAL MÓVIL celebrada los días 16 y 17 de junio de 2026; contra la ciudadana KENIA MARIVY MALDONADO CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.699.823. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 09 de mayo de 2014, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, según acta de matrimonio N° 117, Tomo I, Folio 76, año 2014, Parroquia Güigüe. SEGUNDO: SE ORDENA la ejecución de la presente sentencia; a tal efecto, líbrense oficios al Registro Civil donde se efectuó el matrimonio y al.....