ésta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y haciendo uso de las facultades que le confiere los artículos 301 y 325 del Código Civil, les discierne el cargo de TUTOR a la ciudadana ROSA ELENA ACOSTA CASTILLO, PROTUTOR a la ciudadana NORA JOSEFINA ACOSTA CASTILLO y de SUPLENTE a la ciudadana MARLENI COROMOTO ACOSTA CASTILLO, todas identificadas, con todas las secuelas legales, para que puedan entrar en el ejercicio de la TUTELA ORDINARIA, del adolescente CARLOS RAFAEL ACOSTA CASTILLO. Igualmente queda conformado el CONSEJO DE TUTELA en las personas de los ciudadanos LUIS ALBERTO ACOSTA CASTILLO, JOSE GREGORIO ACOSTA CASTILLO, MANUEL ENRIQUE ACOSTA CASTILLO y NEREIDA YAKELIN OCHOA