DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte accionada.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano ÁNGEL FRANCISCO BORREGOS, ya identificado, contra la sociedad mercantil PROYECTA C.A, ya identificada, y se le condena a ésta a cancelar al actor la cantidad de Bs. CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 60/100 (Bs. 55.871,60) de acuerdo al siguiente detalle:
1. Antigüedad, artículo 108: Bs. 14.010,96
2. Vacaciones y bono vacacional, Años 2005, 2006, 2007 y 2007: Bs. 10.193,54
3. Utilidades, 2005, 2006 y la fracción del año 2007: Bs.5.000,10
4. Indemnización, artículo 125: Bs. 16.000,20
5. Preaviso s.....