DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la Abogado CLARELIS MORENO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 62.081, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana CORALIA SOLER, ya identificada. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 07 de abril de 2005 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo para el Régimen Procesal Transitorio del estado Carabobo.