DECISIÓN
Por las razones precedentes antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: NO TENER MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado Jonny Narciso Arenas Acosta, apoderado judicial del ciudadano GABRIEL VICENTE GUZMÁN SIERRA, parte actora; contra el "auto" dictado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo que negó oir la apelación ejercida contra el auto de fecha 04 de diciembre de 2009.