DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado EDISON RODRÍGUEZ LOVERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 30.464, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora.
SEGUNDO:. SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ORFELIA LUNA PEÑALOZA, titular de la cédula de identidad Nº 7.089.778, contra la sociedad de comercio LA LUCHA C.A., domiciliada en los Teques estado Miranda, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, el día 05 de junio de 1957, bajo el No 31, Tomo 11-A.