DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Sabas Acosta Guevara, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSE ANTONIO BARETT FAJARDO contra ALIMENTOS DELTA, C.A. y CORPORACION DELTA II, C.A.