En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la accionada.
PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por enfermedad profesional incoare el ciudadano MANUEL JACOBO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.245.754, contra la sociedad de comercio MONTANA GRAFICA, C. A., sociedad de comercio domiciliada en Caracas, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de Julio de 1959, antes denominada MGC: Montana Gráfica ¿ Convepal, C. A., cuyo cambio de nombre quedó registrado por ante el mismo Registro bajo el Nº 63, Tomo.....