La parte Demandada efectuó privadamente una propuesta de pago a la parte actora, por el orden de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo), pagaderos en dos partes, no obstante manifiesta una limitante para transigir por carecer de facultad para ello, tal propuesta es aceptada por la parte actora, por lo que ambas partes solicitan de este Tribunal difiera el pronunciamiento del dispositivo para el TERCER (3er.) día de despacho siguiente a este fecha a las 10:00 a.m., lapso durante el cual presentaran la transacción que pondrá fín al presente litigio. Seguidamente el Tribunal, y visto, que la mediación efectuada ha resultado positiva, DIFIERE el pronunciamiento del dispositivo para la oportunidad fijada por las partes, ello en caso de que, en los días que lo preceden no hubieren consignado la transacción propuesta.