SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad de comercio DIQUES Y ASTILLEROS NACIONALES, C. A., DIANCA, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el No. 49, Tomo 13-A, en fecha 20 de Agosto de 1975, posteriormente por cambio de domicilio a la ciudad de Puerto Cabello, en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 09 de Abril de 1997, anotada bajo 08, Tomo 140-A., contra la Sentencia Interlocutoria dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, en fecha 28 de Junio del año 2000, ello en el curso del proceso que por accidente de trabajo incoare el ciudadano JONIS ANTONIO ALTILE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 8.614.870.
Queda en estos CONFIRMADA la sentenci.....