este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia y actuando en sede Contencioso Administrativa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de Nulidad interpuesta por la empresa CORPORACIÓN DELTA II, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 16/11/1999, bajo el no. 84, tomo 362-a-Qto. en contra de la Providencia Administrativa N° . 0038-2012 de fecha 31 de enero de 2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Valencia, Parroquias El Socorro, Santa Rosa, Candelaria, Miguel Peña y Municipios Carlos Arvelo, Libertador, Bejuma, Montalban y Miranda del Estado Carabobo