Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede Contencioso Administrativa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara forzosamente SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta contra la Providencia Administrativa Nº 00034-2013 del Expediente No. 069-2012-01-01771, de fecha 13 de febrero de 2013 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Municipio Valencia, Parroquias El Socorro, Santa Rosa, La Candelaria y Miguel Peña, Municipios Libertador, Bejuma, Montalbán, Miranda y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de calificación de faltas formulada por la entidad de trabajo CORPORACION H.R., C.A.