este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando con sujeción a los principios rectores del Proceso Laboral vigente, como garante del debido proceso, el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE LA TERCERIA INTERPUESTA, por JUAN ANTONIO MOSTAFA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 54.794, "SERVICIOS DE ASESORIA ROBLES C.A."; y así se establece.