Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el juicio por PRESTACIONES SOCIALES, incoada por: CESAR JULIO NOGUERA, LUIS ANTONIO CORDERO QUERO, JOSE DEL CARMEN CARMONA VELOZ, JOSE LUIS MEJIAS OLLALBA, LUIS ALBERTO RÍOS MEZA, JOSE MANUEL PIÑA CARRILLO Y VÍCTOR RAMÓN OJEDA VELOZ, titulares de las cédulas de identidad N° 19020603, 18437202, 19411089, 15995248, 6603097, 17495313 y 15995033 respectivamente demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES contra la COOPERATIVA EL TRIUNFO, conforme a lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía a tenor de lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.