Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano: LUIS MANUEL DOVALE TAMAYO, titular de la cedula de identidad N° V-12.753.796, representado por la Procuradora de Trabajadores MARIA FERNANDA PEÑA, inscrita en el IPSA bajo el N° 115.693, la parte demandada INVERSIONES DE LA REGION CENTRAL VALENCIA C.A. (LA GRAN RIFA DE VALENCIA C.A.), y en consecuencia se condena a pagar a esta la cantidad de (BS. F. 16.202,25.), más lo que resulte de los intereses y de la corrección monetaria, dichos montos deberán ser calculados a través de la experticia complementaria del fallo una vez que quede firme la presente sentencia. SEGUNDO: Se condena en costas a la demandada: INVERSIONES DE LA REGION.....