Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: La Inadmisibilidad de la demanda intentada por los ciudadanos FRANCISCO JIMENEZ, JOSE LUIS ORTEGA JIMENEZ, RAFAEL FERNANDEZ, PEDRO GONZALEZ, YURI MARIN, ALFONSO NAVAS y FABIAN SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.606.632, 12.037.543, 8.665.029, 11.356.426, 15.299.673, 15.899.297 y 7145.085 contra la entidad de trabajo SPLENDOR MANTENIMIENTO, C.A. y COLGATE PALMOLIVE, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la Sala .....