DE LA HOMOLOGACIÓN
Este tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador demandante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES en los términos como lo establecieron, dándole efecto de Cosa Juzgada y exhorta a las partes a dar cumplimiento en los términos como lo establecieron. De esta Acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, déjese copia en el archivo. Terminó, se leyó y conformes firman. En este acto se entregan las pruebas a las partes.
LA JUEZ
El Secretario
ABOG.
NORYS B. GODOY VILLEGAS
ABOG. APODERADO DE LA PARTE ACTORA
ABOG. APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA