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Decisiones del dia 28/07/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GPO2-L-2005-001126 N° Sentencia : GH012005001332 Fecha: 28/07/2005
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
FRANCISCO CARRASCO VS. PDVSA GAS S.A
Resumen:
la narrativa de los hechos en que apoya su demanda carece de información necesaria, a los fines de precisar el objeto de la demanda, ya que si bien es cierto que el artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no exige que el contenido de la demanda sea determinada con la mayor precisión, considera quien decide, que en aras de garantizar el derecho a la defensa del accionado y el principio del contradictorio, la subsanación no cumplió con el requisitos establecidos en los numerales tres y cuarto del artículo 123 Ejusdem. En consecuencia se declara INADMISIBLE LA DEMANDA, interpuesta y advierte a la parte actora, que por cuanto lo que se esta declarando mediante el presente auto es la inadmisibilidad de la demanda y no la perención de la instancia, podrá intentar nuevamente el ejercicio de su acción, sin perjuicio de lo contenido en el artículo 124 ejusdem, referente al apercibimiento de perención.
Juez/Ponente:
Gudila Sanchez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : GP02-S-2005-000248 N° Sentencia : GH012005001328 Fecha: 28/07/2005
Procedimiento:
Calificación De Despido
Partes:
JOSE LUIS NUÑEZ FLORES VS. PETROQUIMICA DE VENEZUELA SA. PEQUIVEN (MISION RIVAS)
Resumen:
este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA INCOMPETENCIA POR EL TERRITORIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo . SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA al Circuito Judicial laboral de Puerto Cabello, Estado Carabobo. En consecuencia, remítase mediante oficio el expediente Nº GP02-S-2005-000248 al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial de la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo. Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada de la presente decisión.
Juez/Ponente:
Gudila Sanchez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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