este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.- Se deja expresa constancia de la comparecencia del demandado en la persona de apoderado judicial LUIS ALBERTO MAGO CORROCHANO debidamente inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 100.913 representación que consta de poder autenticado por ante la Notaría Pública Tercera de Valencia en fecha 25/10/2010 No. 09 tomo 567 el cual consigna en original.
La Juez
Abg. GLADYS MIJARES LUY
El Secretario
Abg. ANNERIS NORMAN
Apoderado Judicial Demandada