DECISIÓN
En mérito a las consideraciones que preceden, ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE JUICIO 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LE LEY, con fundamento en el artículos 8 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Ordena exhortar a la ciudadana ARIS JEANNETTE MEDINA, para que a los fines de garantizar el derecho a la educación y el interés superior de sus hijos, deberá en el lapso de las 48 horas siguientes a su notificación culminar el trámite de inscripción en la Unidad Educativa San José de La Salle, de esta ciudad de Puerto Cabello, consignando la documentación que a tales fines es necesaria. Segundo: Deberá consignar ante este Tribunal, constancia de haber efectuado el trámite que le es impuesto por esta decisión. Tercero: Ofíciese lo conducente al Director de la Unidad Educati.....