DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de los ciudadanos OCTAVIO ANTONIO CRUZ SALCEDO, quien es venezolano, de 45 años de edad (para el momento de los hechos), casado, de profesión u oficio Chofer, titular de la Cédula de Identidad N° 3.953.382, residenciado en Barrio Aguas Calientes, Calle B, Casa N° 22, Mariara, Estado Carabobo; y ANTONIO JOSE ACUÑA, quien es venezolano, de 28 años de edad (para el momento de los hechos), casado, de profesión u oficio Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 10.457.885, residenciado en Calle Paramaconi, Casa N° 11, Sector La Pica, Palo Negro, Maracay, Estado Aragua; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 .....