En fuerza de los razonamientos antes expuestos esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR LA INHIBICION, planteada por el Juez Segundo en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, ADHEMAR AGUIRRE MARTINEZ, de conocer la causa signada con el No. GJ01-P-2003-000693, conforme a la causal prevista en el numeral 8 del articulo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.