REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA DOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
CORTE DE APELACIONES
SALA 2
Valencia, 26 de Abril de 2006
Años 196º y 147º


ASUNTO: GJ01-X-2006-000043
PONENTE: ATTAWAY MARCANO RUIZ
Las presentes actuaciones ingresan a esta Sala con motivo de la INHIBICION de conocer la causa signada con el No. GJ01-P-2003-000693, planteada por el Juez Segundo en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, ADHEMAR AGUIRRE MARTINEZ, con fundamento en la causal prevista en el numeral 7 del artículo 86 en concordancia con el artículo 87 de la Ley Adjetiva Penal, mediante acta levantada el día 21 de Marzo de 2006,
El 05 de Abril de 2006, se dio cuenta en Sala correspondiéndole la ponencia al Juez 5 de la Corte de Apelaciones, quien con tal carácter suscribe la presente decisión.
PLANTEAMIENTO DE LA INHIBICION
El Juez presenta su inhibición sustentada en lo dispuesto en el artículo 86, numeral 7, de la Ley Adjetiva Penal, que establece como causal. “Por haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella…” y, a esos efectos, alega que en fecha 06 de Octubre de 2003, introdujo Querella Acusatoria, en representación del ciudadano FRANCISCO MARIA AGUIRRE, contra la ciudadana JOSEFINA MARIA AUTERI PELLEGRINO, a quien se sigue la citada causa.
A los fines de abundar en la ilustración de los fundamentos expresados por el Juez INHIBIDO se transcribe el acta levantada el día 21 de Marzo de 2006, tal como aparece asentada en el sistema Juris 2000:
MOTIVACION PARA DECIDIR

Revisado el cuaderno formado con los elementos probatorios aportados, se evidencia que, en efecto, el Juez Inhibido introdujo Querella Acusatoria, en representación del ciudadano FRANCISCO MARIA AGUIRRE, contra la ciudadana JOSEFINA MARIA AUTERI PELLEGRINO, de modo que la circunstancia fáctica que configura la causal que sustenta su proposición se encuentra suficientemente evidenciada y las razones invocadas son suficientes para considerarlo incurso en la causal de prevista en el numeral 8 del articulo 86 del código Orgánico Procesal Penal, que establece “Cualquiera otra causa, fundada en motivos graves, que afecte su imparcialidad.” y no exactamente en el numeral 7 alegado por él, lo que implica su obligación de inhibirse, ya que todo juez, en el ejercicio de su función y en todo momento debe preservar la debida imparcialidad en el conocimiento de las causas, sin el menor atisbo de dudas, a fin de garantizar el derecho que tienen las partes a ser juzgadas por jueces imparciales, tal como lo dispone la Constitución de la República en su articulo 49.3., que reza: “Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las debidas garantías y dentro del plazo razonable. Determinado legalmente por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad.”. Por todo ello, la Sala debe declarar con lugar la inhibición propuesta. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR LA INHIBICION, planteada por el Juez Segundo en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, ADHEMAR AGUIRRE MARTINEZ, de conocer la causa signada con el No. GJ01-P-2003-000693, conforme a la causal prevista en el numeral 8 del articulo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese. Regístrese. Diarícese. Notifíquese y remítase la presente actuación al Juzgado de origen.

LOS JUECES DE LA SALA,



ATTAWAY MARCANO RUIZ
Ponente


ALICIA GARCIA DE NICHOLLS AURA CARDENAS MORALES

El Secretario,


Abog. LUIS EDUARDO POSSAMAI