En consecuencia esta Sala Nº 01 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada la abogada Claribel López, Defensora Pública Décima Tercera, adscrita a la Defensa Pública del estado Carabobo, en su condición de abogada defensora del ciudadano Lisandro José Sierra, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de agosto de 2015 y publicado el auto motivado el día 18 de agosto de 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal Nº GP01-P-2015-016428, mediante el cual decreto medida judicial privativa de libertad al prenombrado imputado, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Materiales Estratégicos, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Contra la Delincuencia.....