Por las consideraciones antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA la MEDIDA de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA que se había otorgado al penado MÁRQUEZ MORALES, RAMÓN WLADIMIR, titular de la Cédula de Identidad N° 15.364.120, por cuanto no cumplió con las condiciones impuestas por el Tribunal y por el Delegado de Prueba, a tenor de lo previsto en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. LÍBRESE CAPTURA y remítase copia certificada a la Dirección de Custodia y Rehabilitación al Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, Caracas, al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, División de Captura, Caracas; al Comandante General de la Policía del Estado Carabobo, al Comisario Jefe de la Dirección Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip) del Estado Car.....