SE DECRETA Medida de Privación Judicial de Libertad para ambos imputados de cofnormidad con los artículos 250 y 251 del Código Organico Procesal Penal, considerando que estan llenos los extremos legales habida cuanta que la victima señaló e indivudializó a cada uno de los sujetos involucrados y esa caracteristicas concuerdan con las caracteristicas del acta de fecha 08-04-2005, considerando quien en su caracter se pronuncio que dichos imputados tienen responsbilidad en los hechos al que fue objeto la victima, aunado que declararon que si le quitaron la bicicleta al adolescente. Haciendo acotación que el cambio de claificación es porque la bicicleta fue recuperada tal como lo manifestó la Fiscal del Ministerio Público, hubo amenaza de muerte y admite el imputado en esta sala el imputado Victor Manuel Aguiar entre otras cosas, que fue el quien le quitó la bicicleta a la victima, por cuanto a él se la habian quitado anteriromente, declaración ésta que no pudo ser sustentada ya .....