Se publica decisión dentro del lapso en la que se Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos SOTO ALVAREZ EDGAR ALEXANDER, el delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo, con las agravantes contenidas en el Artículo 46 ordinal 5 y 8 esjudem; y ALEXIS JOSE VASQUEZ PEREZ, como COOPERADOR EN EL DELITO DE DISTRIBUCION DE SUSTACIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, con las agravantes contenidas en el Artículo 46 ordinal 5 y 8 esjudem, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, fundamentando dicha medida en los artículos 250 y 251 del COPP. Igualmente se acuerda la destrucción de la droga incautada de conformidad con el artículo 117 y siguiente de la Ley.