Se ORDENA LA CAPTURA, de los imputados CORDOVA RENTARIA PEDRONEL, titular de la cédula de identidad número E-81.199.051, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en artículo 460 del Código Penal vigente para el momento del hecho; Y EDGAR ALEXANDER HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad número V-12.239.703, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en artículo 460 del Código Penal vigente para el momento del hecho; PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previstos y sancionados en los artículos 278 y 472 del Código Penal, respectivamente, quienes deberán ser puestos a la orden de este Despacho una vez capturados, en base a lo previsto en el artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 262 ordinal 2 ejusdem. Se suspende el presente proceso, hasta tanto se materialice la captura de los precitados imputados.