Se Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano ELI SAUL RUIZ CARIEL, por el delito de: DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo, fundamentando dicha medida en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente se acuerda la destrucción de la droga incautada de conformidad con el artículo 117 y siguiente Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Así mismo acuerda de conformidad con los artículos 66 y 67 ibidem, poner a la disposición de la ONA la cantidad de Ochenta y Cuatro Bolívares Fuerte (84,00 Bs-F), incautada al precitado imputado, los cuales se encuentran en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Valencia, Expediente N° H-773.567, Ofíciese de lo conducente. Se acuerda las copias certificadas solicitada.