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Decisiones del dia 04/11/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : GP31-S-2013-000634 N° Sentencia : PJ0062013000206 Fecha: 04/11/2013
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
SOLICITANTES: EDWAR BORNAVID SEVILLA MOTA Y MIRIAM ELENA MOTA ABOGADA ASISTENTE: DOLORES MATA
Resumen:
CAPITULO III. PARTE DISPOSITIVA Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: EDWAR BORNAVID SEVILLA MOTA y MIRIAM ELENA MOTA, venezolanos, mayores de edad, jurídicamente capaces, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-8.598.258 y V-9.828.793, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio DOLORES MATA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 79.534, de este domicilio. SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y que fuera contraído en fecha 04 de Agosto de 1988, por ante la Prefectura de la Parroquia Goaigoaza, tal como se evidencia de la copia certificada de acta de matrimonio, Nº 172, folio 172 y vuelto, Tomo I, año 1988. Regístrese, publíques.....
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
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N° Expediente : GP31-S-2013-000678. N° Sentencia : JP0062013000208 Fecha: 04/11/2013
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
SOLICITANTE: MARYELIS PINO DE DE ABREU. ABOGADA ASISTENTE: AURA CECICILIA BOLAÑOS.
Resumen:
El Decreto de Titulo Supletorio sobre las bienhechurias que se determinan en el escrito de la solicitud y que aquí se reproducen, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, dejan a salvo los derechos de terceros; atributos y derechos todos estos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Expídase por secretaria copias debidamente certificadas del presente auto resolutorio, de acuerdo a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Tal como se pidió. Devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. CUMPLASE.- LA JUEZA TITULAR, Abg. Alicia María Torres Hernández. LA SECRETARIA, Abg. Franmery María Hernández. En la misma fecha se devuelve en original estas actuaciones a la parte interesada, previa certificación auto resolutorio. LA SECRETARIA, Abg. Franmery María Hernández. AMTH/fh.
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
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N° Expediente : GN32-X-2013-000034 N° Sentencia : PJ0062013000205 Fecha: 04/11/2013
Procedimiento:
Nulidad De Contrato De Compra Venta
Partes:
DEMANDANTE: JOSÉ ISABEL RIVAS, ASISTIDO POR EL ABOGADO JOSÉ ISABEL RIVAS. DEMANDADOS: KATIUSKA JOSEFINA ACOSTA LUGO, JOSÉ RAMÓN ACOSTA, CÉSAR AUGUSTO ACOSTA HEREDIA Y NILDA COROMOTO ACOSTA RIVAS.
Resumen:
PARTE DISPOSITIVA. Por todas las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble constituido por una casa ubicada en la Urbanización La Belisa, en Jurisdicción de la Parroquia Juan José Flores del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, construida sobre un área de terreno que mide ciento cincuenta y tres metros cuadrados, con cincuenta y dos centímetros cuadrados (153, 52 Mts2), distinguido con el Nº 33 del sector "D" de la mencionada Urbanización, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con el sector "D" que es su frente, con una distancia de ocho metros con noventa centímetros (8,90 mts). SUR: que es su fondo de la casa Nº 45 del sector "D" con una distancia de ocho metros con noventa.....
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
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N° Expediente : GP31-S-2013-000715. N° Sentencia : PJ0062013000209 Fecha: 04/11/2013
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
SOLICITANTES: CARMEN AIDEE QUIÑONES DE HERRERA, FREDA MILAGRO HERRERA QUÑONES, FROILA VERONICA HERRERA QUIÑONES Y FLAVIA JOSÉ HERRERA QUIÑONES. ABOGADA ASISTENTE: MARINA ISABEL RUBIO.
Resumen:
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA BASTANTE LA PRECITADA JUSTIFICACIÓN DE TESTIGOS para asegurarle a los ciudadanos CARMEN AIDEE QUIÑONES DE HERRERA, FREDA MILAGRO HERRERA QUIÑONES, FROILA VERONICA HERRERA QUIÑONES y FLAVIA JOSÉ HERRERA QUIÑONES, su condición de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, de quien en vida se llamó FREDDY TARCISIO HERRERA BORDONES, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por secretaria copias debidamente certificadas, de la presente solicitud, de acuerdo a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Conforme se pide, devuélvase todo en origi.....
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
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N° Expediente : GP31-S-2013-000635 N° Sentencia : PJ0062013000207 Fecha: 04/11/2013
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
SOLICITANTES: PEDRO RAMON RAMOS Y HAYDEE JOSEFINA ALTUVE SOLORZANO ABOGADA ASISTENTE: SANTIAGO ELIAS MENDOZA GUDIÑO.
Resumen:
CAPITULO III. PARTE DISPOSITIVA Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: PEDRO RAMON RAMOS y HAYDEE JOSEFINA ALTUVE SOLORZANO, venezolanos, mayores de edad, jurídicamente capaces, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-7.154.465 y V-7.152.621, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio SANTIAGO ELIAS MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 57.252, de este domicilio. SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y que fuera contraído en fecha 14 de Febrero de 1987, por ante la Prefectura de la Parroquia Bartolomé Salom, tal como se evidencia de la copia certificada de acta de matrimonio, Nº 14, folio 39, Tomo II, año 1987. Regístres.....
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
arriba

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