Cumplidas las formalidades exigidas para la evacuación de la presente solicitud y analizados como han sido los recaudos y las actuaciones acompañadas a la misma, promovida por el solicitante y evacuadas por ante este mismo Juzgado, este tribunal considera suficientemente UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano JOSÉ FRANCISCO GARRIDO SALAS, antes identificado y de este domicilio, de quien en vida
fuera su padre ELADIO GARRIDO ROBLES, antes identificado. Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE DECLARAR BASTANTES LAS PROBANZAS EVACUADAS para acreditarle al ciudadano: JOSÉ FRANCISCO GARRIDO SALAS, el decreto de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del de cujus ELADIO GARRIDO ROBLES; con todos los derechos y atributos que la ley acuerda, todo de conformidad con lo estableci.....