En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, de la demanda interpuesta por el ciudadano WILMER ANTONIO VEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.459.105, asistido por el Abogado JOSE RAMON TOVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.946,
contra la Firma Mercantil LISIPECA, C.A., en la persona de su Presidente JULIO LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.304.169, por COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria).