Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara Inadmisible la demanda por Prescripción Adquisitiva intentada por los ciudadanos Luigi Toldo Lorezi y Adriano Mario Toldo Lorenzi, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédula de identidad Nos. 8.600.243 y 7.267.018, respectivamente, mediante su apoderado judicial abogado Luís Enrique Ferrer Rojas, cédula de identidad No. 7.0169.526, Inpreabogado No. 34.800, contra la ciudadana María Magdalena Lerner, venezolana, cédula de identidad No. 1.885.026.
Dada, sellada y firmada en la sala de despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, estado Carabobo a los siete días del mes de diciembre de 2015, siendo 11:19 de la mañana. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federac.....