Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara:
1) PROCEDENTE la pretensión de resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago del canon de arrendamiento de los meses correspondientes a marzo, abril y mayo del 2008, contenida en la demanda intentada por la ciudadana abogado ROSA BEATRIZ GUBAIRA ANZOLA, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARIA CAROLINA MARTINEZ CORREA, CARLOS LUÍS MARTINEZ CORREA Y FRANCISCO JOSE MARTINEZ CORREA, contra el ciudadano EDMUNDO ARVELAEZ; teniéndose por resuelto el mismo.
2) se condena a los demandados: a) A la devolución del inmueble ubicadoen
el Edificio "RESIDENCIAS BECOMAR", signado con el N° 1-C, situado en el Callejón la Ceiba, N° 101-154 Parroquia San José, Municipio V.....