En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por los ciudadanos Francisco Ochoa y Julia Hernández de Ochoa, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.291.573 y V-4.130.738, respectivamente, en su carácter de representantes legales de EL SUPLIDOR GRAFICO, C.A., plenamente identificados.