este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, interpuesto por el abogado Carlos Alberto Robayo Viña, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 73.458, actuando en su carácter de apoderado judicial de INSTALACIONES INDUSTRIALES, C.A. (ININCA), siendo su ultima modificación inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo el 14 de febrero de 2012, tomo 15-A 314, número 14, e inscrito en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-00006860-7, con domicilio fiscal en la Urb. Industrial el Recreo, vía Flor Amarillo, Edif. INICA, parcela 1-116, Valencia estado Carabobo, contra el acto administrativo contenido en las resoluciones números SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DJT/A.....