Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el acto, en consecuencia, declara HOMOLOGADO el desistimiento formulado por el ciudadano Kwok Man Cheling, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.501.521, actuando en su carácter de Administrador de la Sociedad Mercantil BAR RESTAURANT FU LOY, C.A., pasada en autoridad de cosa juzgada, la cual origina la terminación del presente proceso.