PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado MARIO RAMÓN MEJÍAS, apoderado judicial de la parte demandada , ciudadano JUAN LUIS GARCIA FIGUEREDO, SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha 22 de diciembre de 2010, por el Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
No hay condena en costas procesales dada la naturaleza de la presente decisión.
Notifíquese a las partes.
Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de origen en la
oportunidad correspondiente.