PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte demandada, ciudadana GUDDELIA JIMENEZ PEREZ, en contra de la decisión dictada el 07 de marzo de 2006 por la Juez Unipersonal N° 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE MODIFICA decisión apelada, conforme a los razonamientos contenidos en la presente decisión y, en consecuencia se declara CON LUGAR la revisión de obligación alimentaria a favor del niño Aligi Antonio Cipolletti Jiménez, la cual se fija en la forma siguiente: 1) Se ajusta la obligación alimentaria a favor del niño Aligi Antonio Cipolletti Jiménez, en la proporción ofertada por el ciudadano Aligi Raúl Cipolletti Acosta, por lo que deberá ser descontado el quince por ciento (15%) de los ingresos mensuales que percibe el ciudadano Aligi Raúl Cipolletti Acosta, por ante el Ministerio de la Defensa, dicho porcentaje asciende a la cantidad de TRESCIENTOS T.....