Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. IMPROCEDENTE la oposición interpuesta por el ciudadano abogado Pedro Fernando Guillen Peña, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 74.251, asistido por la abogada Marianela Millán Rodríguez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 27.295, contra la medida cautelar de suspensión de efectos decretada por este Tribunal en fecha 20 de mayo de 2014.
2. CONFIRMA la Medida Cautelar de Suspensión de Efectos del Acuerdo Nº 015/2014 de fecha once (11) de abril de 2.014. En consecuencia:
3. SE ORDENA al Presidente del Concejo Municipal del Municipio Naguanagua la reincorporación PROVISIONAL del ciudadano JESÚS ALEXANDER VERDY MORA, titular de la cédula .....