Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidadcontra la Providencia Administrativa Nro. 157-2003de fecha 28 de Noviembre del año 2003, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DELOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO interpuesto por la ciudadana MILAGROS RAVELO CASTELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-6.545.419,con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES DOMINGO MARTIN, C.A. debidamente asistida por el abogadoFERNANDO CURIEL CALDERON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro.54.661.
2. En consecuencia, se DECLINA la competencia ante los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la .....