este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, en la Querella Funcionarial, interpuesta por la Abogada ESMERALDA RAMBÖCK, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.628, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JOSÉ YOVANNY NÚÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.862.076, contra la COMISIÓN LIQUIDADORA DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE VIALIDAD y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY.