Acto seguido en este estado interviene el abogado José Francisco Ortega, procediendo en su carácter de endosatario en procuración de la demandante auto expone: "Visto el convencimiento de la demandada que en éste acto se plantea así como la oferta de pago acepto dicho convencimiento y la forma de pago planteada. Asimismo ambas partes acordamos que el incumplimiento de los términos que ha quedado planteado el convencimiento e inclusive la falta de parte de una sola cuota dará derecho al demandante ejecutar la obligación como si se tratara de un obligación de plazo vencido y en caso de proceder se a la ejecución la misma se llevará a cabo mediante la publicación de un solo cartel y un solo perito, asimismo ambas partes acuerdan suspender la media de embargo preventivo mientras se realiza en pago, y en todo caso ambas partes solicitamos la homologación del presente convencimiento en los términos antes expuestos.