V
DISPOSITIVA:
En fuerza de las anteriores consideraciones este tribunal Sexto de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la acción incoada por las Abogadas ANA CECILIA ALAMBRARRIO y ANITA MIKAELA FERNANDEZ, Apoderadas Judiciales del ciudadano CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ ARISTIMUÑO, en contra del ciudadano MOISES RAMON ZABALA, por DESALOJO.- En consecuencia se le concede al arrendatario- demandado MOISES RAMON ZABALA, un plazo improrrogable de seis (6) meses para la ENTREGA MATERIAL del inmueble, constituido por una casa, ubicado en la Urbanización LOMAS DE LA ESMERALDA III, Sector M-03, Casa N° 72, jurisdicción del Municipio San Diego, estado Carabobo, Totalmente desocupado libre de personas, y solvente en todos los pagos por servicios, dicho plazo se contara a partir de la.....