En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas y por Autoridad de la Ley: Declara: SIN LUGAR la Acción de DESALOJO por falta de pago, necesidad de ocupar la propietaria el inmueble y por requerir el inmueble de reparaciones que amerite su desocupación, intentada por la ABOGADA MIGDALIA GONZÁLEZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 35.399., en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana: ANA CECILIA DE MARRERO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-608.226, en contra de la ciudadana: MARIA ANTONIETA HOUTMAN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.206.226.
Se condena en costas a la parte actora por haber resultado vencida en el presente juicio, a tenor de lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjes.....