REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR
LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 23 de Julio de 2009.-
199° y 150°
Conforme fue ordenado en el auto de admisión, y verificado como ha sido el transcurso de los cinco (05) días de despacho concedido al solicitante en la presente causa, sin que la misma haya comparecido dentro del lapso establecido para subsanar la omisión referida en el escrito de solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO. Este Juzgado Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: TERMINADO el presente procedimiento que por RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO solicitara el ciudadanos: FRANK DELFÍN DE SOUSA MOLLEJA, titular de la Cédula de Identidad N°. V-18.361.511. Y ASÍ QUEDA DECIDIDO.- En consecuencia, remítase el presente expediente al Archivo de este Tribunal, a los fines de su desincorporación en la oportunidad legal. Cúmplase con lo ordenado. Publíquese y regístrese.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. ANNABELLA GARCÍA QUINTANA
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE
En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el fallo anterior. Se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 9:00 de la mañana.-
LA SECRETARIA,
ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE
Sol. Nº 6582
ACGQ/mgpa.-jfam